Tres preguntas reales del banco de esta oposición, con su respuesta y el artículo del que salen.
1. Dentro de la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas, el procedimiento para fijar el importe de las indemnizaciones, a que hubiera lugar, se tramitará por:
- El Ministerio de Justicia, con audiencia al Consejo de Estado.
- La Dirección de la Competencia
- Por la intervención del Estado.
- Ninguna de ellas es cierta.
Cuando un particular sufre un daño por el funcionamiento de los servicios públicos, es la propia Administración responsable quien tramita y resuelve la reclamación, fijando la indemnización mediante el procedimiento administrativo común. No interviene el Ministerio de Justicia, ni la autoridad de competencia, ni la intervención del Estado como órganos encargados de esa tramitación. Por ello, ninguna de las atribuciones descritas se corresponde con quién resuelve realmente la responsabilidad patrimonial.
2. Las retribuciones que retribuyen al funcionario según la adscripción de su cuerpo o escala a un determinado Subgrupo o Grupo de clasificación profesional, son:
- Básicas
- Complementarias
- Gratificaciones
- A y B son correctas
El sueldo se asigna en función del grupo o subgrupo de clasificación profesional al que pertenece el cuerpo o escala del funcionario. Esa parte fija, junto con los trienios, integra las retribuciones básicas, fijadas por ley con carácter general para toda la función pública. Conviene distinguirlas de las complementarias, que retribuyen el puesto concreto, su dificultad o el rendimiento, y de las gratificaciones por servicios extraordinarios, ajenas a la clasificación profesional.
3. De conformidad con la Ley 39/2015, los actos de las Administraciones Públicas sujetos al derecho administrativo se presumirán válidos y producirán efectos:
- Desde el día en que se dicten, salvo que en ellos se disponga otra cosa
- Sólo a partir de la fecha en que se notifiquen
- Desde el día siguiente a la fecha en que se dicten, salvo que en ellos se disponga otra cosa
- Ninguna de las respuestas anteriores es correcta
Los actos administrativos se consideran válidos en cuanto se aprueban y despliegan efectos desde ese mismo momento, sin necesidad de esperar al día siguiente. Esta es la regla general, salvo que el propio acto fije una fecha distinta o cuando su eficacia quede supeditada a la notificación, publicación o a una autorización posterior. Conviene distinguir validez de eficacia: la notificación puede retrasar los efectos frente al interesado, pero la presunción de validez nace ya con el dictado del acto.