1. El plazo para interposición de un recurso de alzada, si el acto fuera expreso, es de:
- A) Un mes
- B) Dos meses
- C) Seis meses
- D) Un año
Correcta: A. Cuando la resolución se ha notificado de forma expresa, quien quiera impugnarla ante el órgano superior dispone de un solo mes contado desde el día siguiente a esa notificación. Conviene distinguir el supuesto del acto presunto, es decir, cuando la Administración guarda silencio: entonces el interesado puede recurrir en cualquier momento a partir del día siguiente a que se produzcan los efectos del silencio. El error frecuente es asignar dos meses, plazo propio del recurso judicial, no del administrativo.§ art. 122 LPACAP
