1. ¿Cuál de los siguientes servicios es de prestación obligatoria en todos los municipios, con independencia de su número de habitantes según la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de Bases de Régimen Local?
- Tratamiento de residuos.
- Protección civil.
- Transporte colectivo de viajeros.
- Ninguna de las respuestas es correcta.
Los servicios mínimos que todo municipio debe prestar, sin importar su tamaño, son el alumbrado público, el cementerio, la recogida de residuos, la limpieza viaria, el suministro de agua potable, el alcantarillado, el acceso a los núcleos de población y la pavimentación. El tratamiento de residuos solo se exige a partir de cinco mil habitantes, la protección civil desde veinte mil y el transporte colectivo desde cincuenta mil. Por ello ninguno de los tres figura entre las obligaciones universales de todos los municipios.
2. Es requisito de las disposiciones administrativas:
- Ajustarse al orden de jerarquía que establezcan las leyes.
- Desarrollar normativa de rango superior.
- Obedecer a criterios de oportunidad sin contravenir el ordenamiento jurídico.
- Ninguna de las anteriores es cierta.
Las normas que dicta la Administración deben respetar la escala de rangos que fijan las leyes: ninguna puede contradecir a otra de superior categoría ni a la ley misma. Ese sometimiento al orden jerárquico es exactamente el requisito que exige la regulación del poder reglamentario. No basta con que un reglamento desarrolle otra norma ni que persiga fines convenientes; lo esencial es que encaje sin chocar con lo dispuesto por normas de rango más alto.
3. ¿Qué artículos de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público regulan la abstención y recusación?:
- 23 y 24
- 22 y 23
- 50 y 51
- 78 y 79
La abstención obliga a la autoridad o personal con interés en el asunto a apartarse del procedimiento, mientras que la recusación permite a los interesados pedir esa separación cuando aprecian causa que afecte a la imparcialidad. En la ley que regula el funcionamiento del sector público ambas figuras aparecen de forma consecutiva: primero la abstención y, a continuación, la recusación. Conviene memorizar la pareja exacta de preceptos, pues otras numeraciones próximas regulan cuestiones distintas y se prestan a confusión.