1. De acuerdo con el artículo 56 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las medidas provisionales:
- A) Podrán ser alzadas o modificadas durante la tramitación del procedimiento, únicamente de oficio por la Administración, en virtud de circunstancias sobrevenidas o que no pudieron ser tenidas en cuenta en el momento de su adopción.
- B) En todo caso, se extinguirán cuando surta efectos la resolución administrativa que ponga fin al procedimiento correspondiente.
- C) Deberán ser confirmadas, modificadas o levantadas en el acuerdo de iniciación del procedimiento que deberá efectuarse dentro de los treinta días siguientes a su adopción.
- D) Se adoptarán para asegurar la ejecutoriedad de la resolución que pudiera recaer, ponderando los principios de menor intervención y mayor onerosidad.
Correcta: B. Las medidas provisionales se extinguen cuando surte efectos la resolución administrativa que pone fin al procedimiento. Durante la tramitación pueden alzarse o modificarse de oficio o a instancia de parte por circunstancias sobrevenidas o antes desconocidas. Las adoptadas antes de iniciar el procedimiento deben confirmarse, modificarse o levantarse en el acuerdo de iniciación dentro de los quince días siguientes. Su finalidad es asegurar la eficacia de la resolución futura y deben respetar los principios de proporcionalidad, efectividad y menor onerosidad.§ art. 56 LPACAP
