1. El texto refundido de la ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en lo relativo a las situaciones administrativas, prevé lo siguiente:
- A) Los funcionarios serán declarados en situación de servicios especiales siempre que accedan a cargos electivos no retribuidos de las entidades locales.
- B) El tiempo transcurrido en excedencia voluntaria por agrupación familiar tiene efectos sobre ascensos y trienios, pero no devenga retribuciones.
- C) La situación administrativa de excedencia por cuidado de familiares conllevará la reserva del mismo puesto de trabajo durante, al menos, dos años.
- D) El régimen de situaciones administrativas se aplica por igual al personal funcionario y laboral.
Correcta: C. Quien deja temporalmente el servicio para cuidar de un familiar conserva su mismo puesto durante un mínimo de dos años; superado ese plazo, la reserva pasa a un puesto en la misma localidad y de igual retribución. Los servicios especiales requieren cargo electivo retribuido, no gratuito. La excedencia por agrupación familiar no computa para ascensos ni trienios. Además, el régimen de situaciones del personal laboral se rige por la legislación laboral y los convenios, no de forma idéntica al funcionario.§ art. 89 TREBEP
