1. La Constitución Española, en su artículo 17 establece, en relación con la detención preventiva, que:
- A) En todo caso, en el plazo máximo de setenta y dos horas, el detenido deberá ser puesto en libertad o a disposición de la autoridad judicial.
- B) En el plazo máximo de setenta y dos horas, el detenido deberá ser puesto en libertad siempre.
- C) En el plazo máximo de cuarenta y ocho horas el detenido deberá ser puesto en libertad en todo caso.
- D) En el plazo máximo de setenta y dos horas, el detenido deberá ser puesto en libertad o pasará a disposición de la autoridad policial, en todo caso.
Correcta: A. La detención preventiva no puede durar más del tiempo estrictamente necesario para las averiguaciones tendentes al esclarecimiento de los hechos y, en todo caso, en el plazo máximo de 72 horas el detenido debe ser puesto en libertad o a disposición de la autoridad judicial. El límite no son 48 horas. La alternativa al agotarse el plazo es doble, libertad o entrega al juez, nunca una puesta a disposición de la autoridad policial.§ art. 17 CE
