Tres preguntas reales del banco de esta oposición, con su respuesta y el artículo del que salen.
1. Son contratos típicos de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del sector público, los siguientes:
- Contratos de obras, concesiones de servicios, concesiones de obras, servicios y compraventa.
- Compraventa, permuta, donaciones, arrendamientos, obras, servicios y suministros.
- Contratos de obras, contratos de colaboración público-privada, gestión de servicios públicos y suministros.
- Contratos de obras, concesiones de obras, concesiones de servicios, suministros y servicios.
La actual ley de contratos del sector público reconoce cinco figuras propias: obras, concesión de obras, concesión de servicios, suministro y servicios. Quedan fuera figuras civiles como la compraventa, la permuta o las donaciones, que se rigen por el derecho patrimonial, no por la contratación pública. Debe distinguirse también de la regulación anterior, que incluía la colaboración público-privada y la gestión de servicios públicos, sustituida hoy por la concesión de servicios.
2. ¿De acuerdo con qué principios debe actuar la Administración Pública conforme al artículo 103 de la Constitución?
- Eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho
- Eficiencia, autonomía, descentralización, desconcentración y coordinación
- Eficiencia, jerarquía, descentralización, concentración y coordinación
- Ninguna de las respuestas anteriores es correcta
La Administración sirve con objetividad los intereses generales y actúa según unos criterios que conviene memorizar: eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, siempre con sometimiento pleno a la ley y al Derecho. Debe distinguirse eficacia de eficiencia, pues el texto constitucional habla de eficacia. Igualmente, el principio es desconcentración, no concentración, y no figura la autonomía. Por eso solo encaja la enumeración completa y literal.
3. ¿Cuáles de los siguientes impuestos se exigirán por los Ayuntamientos en todo caso?
- El Impuesto sobre Bienes Inmuebles
- El Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana
- Ambas respuestas son correctas
- Ninguna de las respuestas anteriores es correcta
Los municipios tienen tres tributos que deben cobrar siempre, sin necesidad de aprobarlos voluntariamente: el que grava la propiedad de los inmuebles, el de actividades económicas y el de vehículos de tracción mecánica. En cambio, el que recae sobre el aumento de valor de los terrenos urbanos, conocido como plusvalía municipal, es potestativo: solo se exige si el Ayuntamiento decide establecerlo mediante ordenanza. Por eso únicamente el primero entra en la categoría de exigible en todo caso.