Tres preguntas reales del banco de esta oposición, con su respuesta y el artículo del que salen.
1. El municipio ejercerá en todo caso como competencias propias, en los términos de la legislación del Estado y las Comunidades Autónomas, las siguientes materias:
- La evaluación e información de situaciones de necesidad social y atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social.
- La prestación de los servicios sociales.
- La promoción y gestión turística.
- Todas son competencias propias de los municipios.
Tras la reforma del régimen local de 2013, la competencia municipal en materia social dejó de redactarse como prestación directa de los servicios sociales y pasó a describirse como evaluación e información de situaciones de necesidad social y atención inmediata a quienes están en situación o riesgo de exclusión. Esa es la fórmula vigente que el municipio ejerce en todo caso. La mención genérica a prestar los servicios sociales responde al texto anterior, ya superado, y la actividad turística aparece acotada a su información y promoción de interés local, no a una gestión amplia.
2. Según la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, el principio de igualdad de trato implica:
- La prohibición de cualquier diferencia normativa entre hombres y mujeres, sin excepciones
- La ausencia de discriminación directa o indirecta por razón de sexo
- La prioridad automática de las mujeres en el acceso al empleo público
- Ninguna de las respuestas anteriores es correcta
La igualdad de trato consiste en que ninguna persona reciba un peor trato por su sexo, ni de forma abierta ni encubierta mediante normas o prácticas aparentemente neutras que perjudiquen sobre todo a uno de los sexos. No supone prohibir toda distinción, pues caben medidas de acción positiva justificadas y proporcionadas, ni otorga preferencia automática a las mujeres en el empleo público. El núcleo es la eliminación de la discriminación directa e indirecta por razón de sexo.
3. ¿De acuerdo con qué principios debe actuar la Administración Pública conforme al artículo 103 de la Constitución?
- Eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho
- Eficiencia, autonomía, descentralización, desconcentración y coordinación
- Eficiencia, jerarquía, descentralización, concentración y coordinación
- Ninguna de las respuestas anteriores es correcta
La Administración sirve con objetividad los intereses generales y actúa según unos criterios que conviene memorizar: eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, siempre con sometimiento pleno a la ley y al Derecho. Debe distinguirse eficacia de eficiencia, pues el texto constitucional habla de eficacia. Igualmente, el principio es desconcentración, no concentración, y no figura la autonomía. Por eso solo encaja la enumeración completa y literal.