1. ¿Cuáles de los siguientes actos administrativos son nulos de pleno derecho?
- A) Los que lesionen los derechos y deberes fundamentales del Título I de la Constitución.
- B) Los que incurran en desviación de poder.
- C) Los actos expresos (no los presuntos) contrarios al ordenamiento jurídico por los que se adquieren facultades o derechos cuando se carezca de los requisitos esenciales para su adquisición.
- D) Los que se dicten como consecuencia de infracción penal.
Correcta: D. La nulidad de pleno derecho recoge los vicios más graves, entre ellos los actos que constituyen delito o que derivan de una infracción penal. Conviene distinguirla de otros supuestos: la lesión de derechos solo provoca nulidad cuando afecta a libertades protegidas por el amparo constitucional, no a cualquier derecho del Título I. Además, la adquisición indebida de facultades sin requisitos esenciales abarca tanto actos expresos como presuntos. La desviación de poder, en cambio, genera mera anulabilidad, no nulidad radical.§ art. 47 LPACAP
