1. ¿En qué norma se recoge el derecho de petición?
- A) El derecho de petición se recoge en la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común.
- B) El derecho de petición se recoge en la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común y la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público.
- C) El derecho de petición se recoge en la Constitución en el artículo 29.
- D) El derecho de petición se recoge en el artículo 18 de la Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local y el 23 de la Constitución.
Correcta: C. El derecho a dirigir peticiones a los poderes públicos, de forma individual o colectiva, por escrito y en la forma que marca la ley, aparece reconocido entre los derechos fundamentales del texto constitucional. Conviene distinguirlo del derecho de participación política, situado en otro precepto, y de las normas administrativas que regulan los procedimientos ordinarios. Su desarrollo posterior corresponde a una ley orgánica específica, pero el reconocimiento básico se ubica en la Constitución.
